¿ Cuál es el hecho controvertido?
El SENIAT impuso a cargo de la mencionada contribuyente la obligación de pagar el total de novecientas cincuenta y siete coma cinco unidades tributarias (957,5 U.T.) por sanciones de multa, en materia de impuesto al valor agregado e impuesto sobre la renta, con fundamento en los artículos 101, 102 y 107 del Código Orgánico Tributario de 2001.
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